La iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados de la provincia establece reglas para el posterior manejo del banco de imágenes sin afectar derechos individuales. Y prohíbe la instalación de este tipo de cámaras en lugares de acceso público donde se pueda afectar la privacidad de las personas. DETALLES/ARTICULOS
La iniciativa aprobada por la Cámara de Diputados de la provincia establece reglas para el posterior manejo del banco de imágenes sin afectar derechos individuales. Y prohíbe la instalación de este tipo de cámaras en lugares de acceso público donde se pueda afectar la privacidad de las personas.
SANTA FE.- La Cámara de Diputados dio media sanción a una ley entre las primeras en el país que regula la instalación y el uso de los sistemas de video vigilancia en espacios públicos o privados de acceso público, ya sean abiertos o cerrados, para la prevención del delito. "Debemos garantizar la seguridad, pero sin avasallar los derechos individuales", dijo el diputado justicialista Marcelo Gastaldi, uno de los autores del proyecto que se articuló con otro de su colega de la UCR, Hugo Marcucci. "El Estado tiene la obligación de vigilar a los que vigilan", agregó el legislador.
La iniciativa que ahora deberá tratar el Senado regula los sistemas de video vigilancia, establece reglas para el posterior manejo del banco de imágenes sin afectar derechos individuales. Y prohíbe la instalación de este tipo de cámaras en lugares donde se pueda afectar la intimidad y privacidad de las personas, públicos o privados de acceso público. Incluso, las videocámaras instaladas en la vía pública tampoco podrán captar sonidos, salvo autorización judicial.
Gastaldi explicó que "la ley busca garantizar la convivencia ciudadana, la utilización pacífica de los espacios públicos y la prevención de delitos y faltas, sin poner en riesgo las garantías individuales". Mientras que Marcucci planteó que la ley "ordena y lleva claridad y transparencia a este tipo de actividad".
"En el último año recordó Gastaldi se anunciaron diversos proyectos públicos o de asociación público privada para instalar cámaras de video vigilancia en las principales ciudades de la provincia. En algunos casos, se trata de instalaciones en zonas o centros comerciales cerrados o a cielo abierto, o en sectores críticos de las ciudades, como pueden ser los accesos viales".
El problema es que "se ha generado una situación crítica, pues no existen respuestas institucionales homogéneas al respecto y resulta imperativo que el gobierno provincial y los municipios y comunas avancen coordinadamente en esta materia, bajo un único marco normativo que regule la actividad, evitando que comiencen a desarrollarse experiencias sin el debido y cuidadoso control de la sociedad y del Estado", explicó.
"Una ley específica para regular la video vigilancia, como lo hacen los países desarrollados, está lejos de prohibir esos sistemas, pues son imprescindibles para mejorar la seguridad pública. Pero lo que se pretende es que en el afán de controlar no se caiga en el avasallamiento de los derechos y libertades individuales de los ciudadanos".
"La Argentina y ahora, la provincia de Santa Fe, está buscando ponerse en sintonía con las tendencias mundiales de seguridad urbana. Pero, ¿quién vigila a los que nos vigilan? La pregunta, como se verá, tiene respuestas divididas y aún poco claras, por lo que se torna necesario legislar al respecto, para garantizar la integridad de todos los ciudadanos que aspiramos a vivir en una comunidad organizada", precisó.
"El Estado tiene que saber quién es el responsable de ese banco de imágenes porque así como se puede utilizar para una situación positiva, también se lo puede usar para una situación negativa", planteó Gastaldi. Y ofreció un ejemplo. "Un comerciante que es filmado todos los días cuando cierra su negocio y deposita el dinero en el banco. Si tenemos una imagen que lo toma todos los días y no sabemos quién la controla y el Estado no la regula, puede ser que lo terminan robando, más que cuidándolo. Entonces, esto es lo que estamos tratando. Estamos pensando que haya responsabilidad de aquellos que ponen las cámaras, tanto en el ámbito público como en los privados de acceso público", finalizó.
En el debate, y a pesar de que uno de los autores del proyecto es el radical Marcucci, su colega de bloque Santiago Mascheroni no lo acompañó. Las críticas de Mascheroni parecieron un tiro por elevación al intendente de Santa Fe, Mario Barletta, que promovió la instalación de un sistema de video vigilancia en el microcentro de la ciudad, pagado por los comerciantes. "Las video cámaras en un banco, que es un lugar privado de acceso público, tienen una explicación. Y las acepto. Pero ¿dónde está escrito que esté bien poner una video cámara de 360 grados en una plaza o en una peatonal? Habría que ver si en ese lugar el grado de riesgo justifica una observación pormenorizada, porque nadie va a colocar una video cámara en una esquina donde no hay semáforos y donde no pasan ni las bicicletas", ironizó Mascheroni.
"Entonces, quiero que me expliquen qué cantidad de robos, asaltos o tentativas justifican la existencia de una cámara de seguridad en la esquina de San Martín y Mendoza, en pleno microcentro de la ciudad de Santa Fe", concluyó.
Fuente: Notiexpress / Rosario 12
La iniciativa pertenece al legislador Marcelo Gastaldi
DIPUTADOS DIO MEDIA SANCIÓN AL PROYECTO DE VIDEOVIGILANCIA
La Cámara de Diputados de la provincia de Santa Fe otorgó media sanción al proyecto del diputado Marcelo Gastaldi –al que se sumó la iniciativa de Hugo Marcucci–, que regula “la instalación y uso de sistema de captación de imágenes y sonidos de personas físicas, obtenidas en lugares públicos o privados de acceso público, ya sean abiertos o cerrados y establece las reglas para el posterior tratamiento de la información colectada… ”.
Para Gastaldi, “la ley proyectada es una de las primeras en el país, y el objetivo primordial es garantizar la convivencia ciudadana, la utilización pacífica de los espacios públicos y la prevención de delitos y faltas, sin poner en riesgo las garantías individuales. El legislador rosarino agregó: “No hay que olvidar que la instalación de estos sistemas y el tratamiento ulterior de la información por ellos almacenada sin un marco regulatorio preciso puede provocar graves lesiones a los más variados derechos individuales”.
Los puntos más salientes de la iniciativa
1) Se regulan los sistemas de captación de imágenes y sonidos de personas físicas, obtenidas en lugares públicos o privados de acceso público –ya sean abiertos o cerrados– con el objetivo de garantizar la convivencia ciudadana, la utilización pacífica de los espacios públicos y la prevención de los delitos y faltas.
2) Se delega al Poder Ejecutivo fijar el Ministerio que será la autoridad de aplicación sobre la ley, que es una primera garantía de actuación homogénea en todo el territorio de la provincia, pues fijará las pautas para la instalación y funcionamiento de los sistemas de captación y los autorizará previamente a su colocación.
3) Se establecen las reglas para el posterior tratamiento de la información colectada, a fin de no poner en riesgo derechos y garantías individuales.
4) Se crea una Comisión de Garantías Videovigilancia, como órgano administrativo de composición multisectorial que velará por la aplicación correcta de la ley.
5) Se fijan los principios básicos de la utilización de los sistemas, en concreto los de proporcionalidad, razonabilidad, procedencia e intervención mínima.
6) Se prohíbe la instalación y funcionamiento de sistemas para la captación de imágenes en todo lugar donde se pueda afectar la intimidad y privacidad de las personas, sean estos públicos o de acceso público, como también en lugares privados de acceso público, salvo que medie autorización judicial expresa. Asimismo, se prohíbe que las videocámaras instaladas en la vía pública capten sonidos, salvo que se obtenga igual autorización.
7) Se obliga al responsable de la instalación y funcionamiento de los sistemas a adoptar las medidas técnicas y organizativas que resulten necesarias para garantizar la seguridad y confidencialidad de los datos personales que puedan derivar de la información tratada, y se carga con el deber de secreto profesional a toda persona que intervenga en cualquier fase del tratamiento de la información.
8) Se establece que la información colectada será confidencial y sólo podrá ser requerida por magistrados, fiscales o defensores que se encuentren avocados a la investigación o al juzgamiento de causas contravencionales o penales.
9) Se crea un registro público llevado por la autoridad de aplicación, donde deberán inscribirse los sistemas de captación instalados en todo el territorio provincial, y se establecen reglas específicas respecto del modo en que deben crearse, modificarse o suprimirse estos sistemas en el ámbito del sector público.
10) Se establece como regla la no utilización de las grabaciones obtenidas para la formulación de denuncias judiciales por parte de la Autoridad de Aplicación, pero se aclara que si se observara la comisión de algún delito de acción pública deberá formularse la pertinente denuncia. También se establecen plazos para que se proceda a la destrucción de las grabaciones obtenidas y se establecen los derechos de acceso, cancelación e información respecto de quienes pueden haber sido captados por estos sistemas.
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