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Requisitos para instalar garitas de seguridad privadas y alarmas comunitarias

El acompañamiento o no de los vecinos será clave al momento de autorizar a empresas del rubro a instalar casillas de vigilancia. También se reglamentaron las alarmas comunitarias....
Editor 25/06/2014

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La Municipalidad reglamentó la ordenanza que regula el funcionamiento de las agencias de seguridad privada en Rosario. Y, entre las exigencias más novedosas, se establece que para instalar una garita o casilla de vigilancia en la vía pública deberán contar con el apoyo del 80 por ciento de los vecinos en un radio de cien metros de la ubicación proyectada. Se trata de un mecanismo de participación ciudadana, similar al registro de oposición instrumentado hace ya unos años para que los ciudadanos opinen, a favor o en contra, de la habilitación de bares, boliches y salones de fiesta cerca de sus domicilios.

Con la firma de la intendenta Mónica Fein y de los secretarios municipales de Control, Pablo Seghezzo, y de Gobierno, Fernando Asegurado, el Ejecutivo reglamentó la semana pasada aspectos clave de la ordenanza Nº 8.920.

La norma, sancionada por el Concejo en 2012 a partir de un proyecto presentado por el concejal Héctor Cavallero (PPS), establece los requisitos que deben reunir las agencias de seguridad para ser autorizadas a funcionar en la ciudad.

En los considerandos de la reglamentación la Intendencia admite que ha registrado «un crecimiento de ese tipo de agencias que, al desarrollar su actividad, presentan un déficit en los medios de identificación que facilite a los vecinos conocer quiénes y en qué condiciones se encuentran». Además, la Municipalidad detectó que las garitas privadas que han proliferado por los barrios, sin tener autorización y habilitación local, «en ocasiones cuentan con un precario estado de conservación».

Entre los requisitos que se exigirán en adelante a las agencias privadas para funcionar en Rosario figuran: documento, número de teléfono, página web, e-mail, datos personales y foto del personal que desarrollará la actividad.

También se deberá presentar una nota con la descripción e individualización de los medios de movilidad con que cuenta la agencia.

En caso de utilización de armamento, tendrá que contar con autorización de portación de armas debidamente emitida por el Renar.

Para instalar garitas, deberá contar con la conformidad expresa del 80 por ciento de los vecinos que se encuentren en un radio de cien metros de la ubicación proyectada y que representen no menos del 60 de los metros lineales.

También se reclamará la conformidad expresa del propietario frentista de la vereda donde se proyecta la ubicación.

A las casillas se les solicitará que tengan conexión eléctrica habilitada por la Empresa Provincial de la Energía (EPE). Y deberán establecer un lugar donde el personal pueda utilizar el baño, con conformidad expresa del dueño. No podrán contar con servicio sanitario fijo ni servicios de baño químico.

Las garitas deberán estar pintadas de gris y no podrán exhibir en su exterior ningún tipo de publicidad. En un lugar visible deberá figurar el beneficiario del permiso de ocupación de la vía pública, teléfono, nombre y DNI del vigilador de turno.

La ubicación deberá ser aprobada por la Secretaría de Planeamiento municipal. Además, se prohíbe la instalación de garitas en ochavas y en las zonas delimitadas para el ascenso o descenso de pasajeros del transporte público. Tampoco podrán ubicarse entre Oroño, Pellegrini y el río Paraná y sobre las avenidas y calles de la costa.

En caso de incumplimiento, el municipio cancelará la habilitación otorgada. Llegado el caso, procederá al retiro y remoción a depósito de toda casilla que no cuente con el correspondiente permiso o que no cumpla con las condiciones establecidas en la reglamentación.

El Ejecutivo fijó un plazo de 90 días hábiles para que las empresas privadas existentes que estén en funciones se ajusten a los requisitos del decreto reglamentario.

La adecuación comprende el desarrollo de funciones y documentación, como también para la adaptación técnica y el cumplimiento de todas las condiciones necesarias para la instalación y funcionamiento de las garitas.

ALARMAS Y ARMERÍAS

La Municipalidad reglamentó también el mecanismo para instalar alarmas comunitarias, conectadas al sistema de alumbrado público, y las habilitaciones condicionales para armerías.

Respecto de las alarmas comunitarias se resolvió, junto a la Dirección de Alumbrado Público, confeccionar un protocolo para la conexión, estableciendo parámetros mínimos de actuación, tanto para los organismos públicos intervinientes como también para los ciudadanos que adopten ese tipo de sistemas y las empresas o personas que provee tales servicios.

Sobre las armerías, el certificado de habilitación condicional que otorga el municipio tendrá una validez de 120 días. Y expresará la aptitud del comercio en lo referido a las condiciones de seguridad, salubridad e higiene, pero no será válido como autorización para funcionar. Eso ocurrirá recién cuando que los interesados obtengan la autorización expresa por parte del Renar para funcionar como armerías.

Fuente: Notiexpress / La Capital (foto ilustrativa de archivo)

FG_AUTHORS: NotiExpress

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