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MEDICAMENTOS: SÓLO EN FARMACIAS

La Secretaría de Salud y P. Del Medio Ambiente recuerda que medicamentos y especialidades, deben venderse sólo en farmacias

Editor 31/08/2011

La Secretaría de Salud y P. Del Medio Ambiente recuerda que medicamentos y especialidades, deben venderse sólo en farmacias

SECRETARÍA DE SALUD Y PRESERVACIÓN DEL MEDIO AMBIENTE

DIRECCIÓN DE HIGIENE Y SEGURIDAD ALIMENTARIA

PARTE DE PRENSA – 29/08/2011

MEDICAMENTOS: SÓLO EN FARMACIAS

La Secretaría de Salud y P. Del Medio Ambiente de la Municipalidad de San Lorenzo recuerda a la población en general, que la actividad farmacéutica está regulada por la Ley Nacional Nº 17.565 , modificada por la Ley Nº 26.567, y en el territorio provincial, por la Ley Nº 2287.

Las citadas normas coinciden en indicar que la preparación de recetas y despacho y venta al público de drogas, medicamentos y especialidades farmacéuticas, solamente podrá ser efectuado en farmacias y las normas nacionales agregan que su venta y despacho fuera de estos establecimientos, se considera ejercicio ilegal de la farmacia, estableciendo además sanciones por infracción al Código Penal.

Esta norma está fundamentada en la obligación del Estado de preservar y garantizar la salud pública a través del control farmacéutico del medicamento, en cuanto a su calidad, cualidad, vencimiento, conservación, cadena de frío, destino y destinatario de aplicación.

Sin embargo, se continúa constatando el expendio de los mismos, sobre todo los denominados "de venta libre" y aún hasta los que deberían venderse bajo receta, en locales de todo tipo. Las infracciones han comprendido aparición de medicamentos adulterados, fraccionamiento inadecuado donde se pierde el número de lote y la fecha de vencimiento, comercios no preparados para la finalidad y sin los conocimientos adecuados por parte de quienes los atienden, alteración de la cadena de frío, constituyendo todos estos, factores que atentan contra la salud pública. Por tal motivo y como lo específica la ley vigente, aquellos comercios que no sean farmacias habilitadas y no cuenten con un profesional farmacéutico, se exponen a ser encuadrados en el ejercicio ilegal de la actividad farmacéutica con las penalidades que al respecto se establecen.

El expendio de medicamentos que requieren receta para su comercialización es penado aún más gravemente, con seis (6) meses a tres (3) años de prisión.

Por otra parte, el Código Bromatológico de la Provincia de Santa Fe establece que los comercios de alimentos deberán ajustarse al permiso de instalación acordado y limitar sus actividades a las autorizadas y establecidas en el mismo. Obviamente, el expendio de medicamentos (aún los denominados de “venta libre”) no está contemplado entre los rubros autorizados para los comercios de alimentos, cualquiera sea su índole.

Es menester aclarar que la denominación “de Venta Libre”, a veces interpretada erróneamente por comerciantes, distribuidores y consumidores, no significa que puedan venderse en cualquier tipo de comercio, sino que no es indispensable su venta bajo receta., pero bajo todo punto de vista, siguen siendo medicamentos.

Atento a lo anteriormente expresado, esta Secretaría, siempre en cumplimiento de su objetivo principal, cual es la protección y promoción de la salud de la población, advierte que se intensificarán los controles en los comercios relacionados con el posible expendio no autorizado de medicamentos, procediéndose en los casos en que se detecten infracciones a las normas mencionadas, al labrado de las actuaciones correspondientes, con intervención de la mercadería en infracción. Se ha procedido, previamente, a reiterar la notificación individual a los principales distribuidores y comercios. Los operativos se realizarán conjuntamente con personal de Inspección de Farmacias del Ministerio de Salud provincial, y en los casos que lo ameriten, se realizarán las denuncias pertinentes ante el Juzgado Federal.

 

EL FARMACÉUTICO ES EL ÚNICO PROFESIONAL CAPACITADO PARA ORIENTAR AL PACIENTE EN EL USO RACIONAL DEL MEDICAMENTO.

Como siempre, cualquier consulta sobre el tema puede realizarse en la Dirección de Higiene y Seguridad Alimentaria, dependiente de la Secretaría de Salud y Preservación del Medio Ambiente, sita en calle Bv. Urquiza 1176 de San Lorenzo, o al teléfono 03476 – 427539.

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