“Esta gestión insiste en forma tozuda en tratar por todos los medios de ignorar los organismos de control”
“Esta gestión insiste en forma tozuda en tratar por todos los medios de ignorar los organismos de control”
PREGUNTAN A BINNER POR QUE LA EPE QUIERE TOMAR UN PRESTAMO DE 120 MILLONES SIN PASAR POR LA LEGISLATURA
El diputado provincial Alberto Monti presentó un pedido de informes donde le pregunta al gobernador Hermes Binner los motivos por los cuales la Empresa Provincial de la Energía (EPE) pretende tomar un préstamo de 120 millones sin la necesaria autorización de la Legislatura tal como lo exige la ley y tal como lo expresa una Observación Legal del Tribunal de Cuentas.
En los fundamentos de la presentación, Monti dice que “la Empresa Provincial de la Energía ha aprobado por medio de la Resolución N° 187/2010 el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el llamado a licitación publica “Contratación de operación de Asistencia – Préstamo Bancario” a fin de obtener un préstamo bancario de pesos ciento veinte millones ($ 120.000.000)”..
“Lo paradójico es el armado de las actuaciones administrativas, ya que no sólo puede observarse que la Empresa Provincial de la Energía no adjunta ningún tipo de justificación técnica y económica para solicitar la asistencia financiera mencionada sino que además no indica el programa, proyecto o destino al que se aplicarán los fondos, tal como lo requiere el Art. 83° del “Régimen de Abastecimiento y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras para la explotación del servicio público de venta de electricidad” aprobado por Resolución N° 005/99” dice el legislador de Santa Fe Federal.
“Tal como se indica en la Observación Legal del Tribunal de Cuentas, la misma Área Jurídica de la EPE admite que este trámite debería tratarse con previa autorización del Poder Ejecutivo, pero tal como se expresa en la Resolución del Directorio y en el llamado a licitación este trámite se evita deliberadamente” indica el representante del PJ.
“Como corolario de ello y para completar una serie de irregularidades detectadas en el expediente, la Empresa Provincial de la Energía “omite” solicitar la autorización previa de la Legislatura Provincial, incumpliendo así con los preceptos legales del Art. 62° de la Ley N° 12.510” dice Monti.
“Tal como viene sucediendo desde el 11 de diciembre de 2007, esta gestión insiste en forma tozuda en tratar por todos los medios de ignorar los organismos de control que la Constitución y la ley ha previsto para hacer mas transparente la gestión del Estado: hacen todo lo posible para que no se integre la Comisión Bicameral Revisora del Tribunal de Cuentas que debe estudiar más de 150 observaciones legales, nombran como Defensor del Pueblo a un amigo personal del señor gobernador, se acumulan cientos de pedidos de informes de esta Legislatura sin ser contestados por el Poder Ejecutivo, todo apunta al ocultamiento, el oscurantismo y lo críptico, que finalmente y tras tanto misterio, termina generando inevitables sospechas” finaliza el diputado justicialista.
Las preguntas puntuales al Poder Ejecutivo son las siguientes:
* Si la EMPRESA pretende obtener asistencia financiera – préstamo bancario – por la suma de pesos ciento veinte millones ($ 120.000.000,00) según consta en las actuaciones administrativas del Expte. N° 1-2009-561.128 EPE, omitiendo la autorización del Poder Legislativo de la Provincia de Santa Fe prevista en los Art. 62° y 65° de la Ley N° 12.510.
* Si la EMPRESA ha adjuntado al expediente antes mencionado un informe detallado de la finalidad, programa o proyecto al que se destinaría el préstamo bancario requerido.
* Si la EMPRESA ha cumplido con la obligación prevista en el Art. 83 establecido en el “Régimen de Abastecimiento y Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras para la explotación del servicio público de venta de electricidad” aprobado por Resolución N° 005/99 de adjuntar un informe en el que se expongan las fundamentaciones de orden técnico y económico que permitan establecer la viabilidad del plan de inversiones y de la operación de crédito, a fin de determinar si resulta necesario y conveniente tomar préstamo de semejante envergadura en el sistema financiero.
* Si la EMPRESA ha declarado nulas las actuaciones administrativas comprendidas en el Expte. N° 1-2009-561.128 – por las cuales se gestionó el llamado a Licitación Pública para la “Contratación de operaciones de Asistencia Financiera, Préstamo Bancario” – así como la Resolución N° 187/2010 que aprueba tal trámite, como consecuencia de la Observación Legal N° 40 /10 del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.