Bajo el Nº de Ley 13.166 , el gobernador Binner promulgó la Ley de Cuidados Paliativos para la Salud, proyecto de la Diputada Alicia Gutiérrez, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe el 05 de enero 2011
Bajo el Nº de Ley 13.166 , el gobernador Hermes Binner promulgó la Ley de Cuidados Paliativos para la Salud, proyecto presentado por la Diputada Alicia Gutiérrez del Partido Solidaridad e Igualdad, cuyo texto ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe el 05 de enero pasado.
Al respecto, la ley aprobada define como Cuidados Paliativos a la asistencia a pacientes con enfermedades crónicas, evolutivas, irreversibles, limitantes para la vida, que no tienen respuesta a los tratamientos curativos, siendo el objetivo principal conseguir la mejor calidad de vida posible para los pacientes y sus familias.
La legisladora santafesina hace hincapié en las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud refiriéndose a los cuidados paliativos como una modalidad que “debería ser aplicada tan pronto como sea posible, durante el curso de cualquier enfermedad crónica incurable” ya que entiende que “múltiples problemas relacionados con el final de la vida tienen sus orígenes en estadios más tempranos de la trayectoria de la enfermedad”
La Ley define cuáles serán los objetivos específicos: además de la asistencia integral del paciente que considere los aspectos físicos, psicológicos, sociales, emocionales y espirituales; unidad del abordaje terapéutico del paciente y su familia; la autonomía y el respeto a la dignidad del paciente y a sus cuidadores, cuando su capacidad para tomar decisiones lo permita y no atente contra principios legales o éticos; la concepción terapéutica activa incorpora una actitud rehabilitadora y dinámica; el acceso a terapias basadas en evidencias científicas que ofrezcan la posibilidad de mejorar la calidad de vida del paciente; la continuidad y coordinación de los servicios que brinden atención al paciente; el respeto del derecho del paciente a recibir o rechazar el tratamiento; y por último la adecuación de la terapéutica a las condiciones culturales y los valores y creencias particulares de cada paciente.
Otro de los artículos de la ley define que los cuidados paliativos deben alcanzar a los pacientes que estén internados en hospitales o geriátricos dependientes de la Provincia y a los que, derivados del hospital público o con alta voluntaria, permanezcan en su domicilio para su mayor bienestar. Asimismo, deben alcanzar a la contención y asesoramiento de los familiares de los pacientes, sea cual fuere su edad.
Además deja establecido que los equipos de cuidados paliativos deben ser interdisciplinarios y estarán conformados por médicos, enfermeras, psicólogos, trabajadores sociales y voluntarios, quienes deberán acreditar capacitación y experiencia específica.
Alicia Gutiérrez expresa que la medicina paliativa abarca el tratamiento del dolor y de otros factores que deben tenerse en cuenta desde el momento mismo del diagnóstico, y que es necesario entender que hay un límite a los soportes médicos, sin dejar de atender al paciente y lograr un equilibrio.
También destaca la legisladora que éste tipo de cuidados ya se están llevando a cabo en el Hospital Iturraspe de Santa Fe (a través de ACUPA), y los hospitales rosarinos de gestión municipal como el Hospital de Niños Víctor Vilela y el Hospital Alberdi.
Por último, la diputada reflexiona sobre la meta fundamental de esta ley: la de dar calidad de vida al paciente y su familia sin intentar alargar la supervivencia, reconocer a la muerte como un proceso natural, proporcionando alivio del dolor, ofreciendo un sistema de ayuda para vivir lo más activamente posible y demostrando una vez más el interés de una sociedad por la vida digna de las personas.