En ese marco, funcionarios nacionales destacaron que la nueva herramienta permitirá mejorar la trazabilidad del sector agrícola y brindar mayor transparencia a la actividad, además de reemplazar los formularios de papel.Este viernes en Puerto General San Martín, se realizó la presentación formal de la Carta de Porte Electrónica, luego de que fuera lanzada en junio para reemplazar los formularios en formato papel que se utilizaban para documentar el traslado de granos automotor y ferroviario al interior del país.
Es el resultado de un trabajo articulado entre el Ministerio de Transporte de la Nación, Agricultura, Seguridad y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
La nueva herramienta, que entra en vigencia el 1 de septiembre y hará que la carta de porte digital sea obligatoria desde el 1 de noviembre, tiene como objetivo mejorar la capacidad de fiscalización del Estado y trazabilidad del sector agrícola, dotar de mayor transparencia a la actividad; limitar maniobras de evasión; reemplazar los formularios en formato papel que se utilizaban para documentar el traslado de granos automotor y ferroviario al interior del país; posibilitando la digitalización de los tramites en una misma aplicación.
El acto fue encabezado por el secretario de Transporte del Ministerio de Transporte, Diego Giuliano, y también participaron el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Jorge Solmi; el subdirector General de Fiscalización en AFIP, Julián Ruiz; el intendente de Puerto General San Martín, Carlos De Grandis; la diputada nacional, Josefina González, entre otros.
El diálogo con BCR News, el secretario de Transporte Giuliano, destacó: “Esto evita la competencia desleal, permite darle transparencia al sistema, trazabilidad, conocer qué se está transportando y esto es un beneficio para el productor. Y así como beneficia al productor, también lo hace con el acopiador y a todos los integrantes de la cadena, que tanto tiempo solicitaron una mejora en el sistema de Carta de Porte, hoy lo pueden aprovechar para evitar todas las dificultades que significaba el modelo antiguo”.
Y señaló que “se realiza a través de una aplicación, que se puede tener en el teléfono y debe ser validada por la AFIP y por todos los organismos del Estado que participan en el transporte de granos y oleaginosas, ya sea por vía terrestre o ferroviaria”.
Por su parte, el subdirector General de Fiscalización en AFIP, Julián Ruiz indicó: “Lo que buscamos es transparencia y trazabilidad, porque eso le garantiza fundamentalmente al sector privado lograr una competencia leal, porque si no nos enfocamos en realizar esto, en definitiva, se terminan beneficiando los que actúan al margen de la ley. Es el instrumento idóneo, no el único, pero sí el primero para lograr esos objetivos de transparencia y trazabilidad”.
Y, seguido, aclaró: “Esto no va a ser inmediato, de manera abrupta y unilateral. Sino que invitamos en ese sentido al sector privado para que cada una de estas medidas las podamos tomar en conjunto, pero con el objetivo final de poder lograr esta trazabilidad. Es decir, no va a ser inmediatamente, pero nuestra idea es, mediante charlas con el sector privado, implementarlo el año que viene”.
En tanto, el secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Jorge Solmi remarcó: “Entendemos que el productor ha progresado muchísimo, porque lloviendo normalmente en un camión entra la producción de tres hectáreas de maíz, y cada camión lleva una carta de porte, esto implica un montón de papeles y de trámites. En cambio, ahora, con la Carta de Porte Electrónica va a ser mucho más sencillo. Y adecuamos la tecnología que se está llevando a cabo en la producción agropecuaria también al resto de la cadena, ya que el camión va a poder salir en el momento que tenga posibilidades de descarga y no tener que esperar. Se trata de ventajas y también una hora de un camión parado, es un ahorro importante”.
Vale señalar que el proceso de solicitud, carga y emisión del comprobante será online, en un solo paso y en una misma aplicación. Además, no serán reutilizables y contarán con un código de barras y código QR que permitirá visualizar los datos de origen y destino de la carga, fundamentales para el control en ruta. Asimismo, en forma innovadora, el proyecto contempla también la emisión de la Carta de Porte Automotor para el Flete Corto, para amparar el traslado de granos desde su origen/productor a las plantas de acopio más cercanas.
También, el código QR permitirá visualizar los datos de origen y destino como herramienta fundamental para el control de ruta; se incorporan validaciones online sobre domicilios de origen y planta de destino declaradas en el sistema de información simplificado (SISA); valida de la manera online la disponibilidad de stock de granos del productor y del operador; todas las partes intervinientes en el traslado tendrán la visualización del documento mediante una clave fiscal; permite a los organismos involucrados compartir la información, implementar controles sistémicos “en línea” y contar con un sistema de trazabilidad de productos, además de unificar y simplifica normas y procesos para los ciudadanos.
Más detalles
La nueva normativa establece el uso obligatorio de la Carta de Porte Electrónica para el transporte automotor y ferroviario a cualquier destino dentro de Argentina de productos tales como granos no destinados a la siembra (cereales y oleaginosos), legumbres secas (porotos, arvejas y lentejas) y semillas aun no identificadas como tales por la autoridad competente.
Está exceptuado el transporte internacional siempre y cuando corresponda a operaciones de importación o exportación y tenga la documentación aduanera que corresponda. Además, podrán solicitarla contribuyentes incluidos en el sistema de información simplificado (SISA): Productores de granos inscriptos en AFIP; Operadores del comercio de granos que dispongan de una o más plantas habilitadas para el ingreso y/o egresos de granos por el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y que estén declaradas en el registro único de operadores de la cadena agroindustrial (RUCA); Autorizados mediante resolución fundada por la AFIP.
Y dentro de los requisitos, se consideran: Poseer Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) activa; tener registrados los datos biométricos; de corresponder, haber presentado todas las declaraciones juradas del IVA, y seguridad social de los últimos doce (12) períodos fiscales o desde el inicio de actividades o cambio de carácter frente al IVA; haber presentado la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias del último período fiscal vencido; poseer Domicilio Fiscal Electrónico.
Finalmente, la validez se determinará teniendo en cuenta los kilómetros a recorrer y el tipo de transporte a utilizar. Tendrá una validez máxima de 5 días, mientras que la CPE Ferroviaria contará con hasta 30 días de vencimiento. Ambos períodos podrán extenderse en caso de declarar “Contingencias”.
Fuente: BCR News