Adelantaron que habrá créditos para pequeñas empresas, postergación de impuestos y suspensión de la interrupción de servicios públicos en la provincia de Santa Fe.
Perotti anunció el Jueves 26 cinco líneas de financiamiento por 4.000 millones de pesos destinadas a Mipymes. También el diferimiento del pago de impuestos y la esperada suspensión de la interrupción de servicios públicos. Todos paliativos económicos por la caída de la actividad económica consecuencia del aislamiento social obligatorio.
El ministro de Economía, Walter Agosto, explicó en rueda de prensa que el programa de financiamiento contempla “dos líneas por mil millones de pesos cada una” destinadas a las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes).
Una para afrontar “pago de salarios y otra para poder descontar cheques, ambas cuestiones muy demandas por estos días por las empresas por la caída de la actividad”, dijo Agosto.
El plan contempla otras tres líneas de créditos para financiar reposición de stock de mercadería (sector alimenticio); para la compra de bienes en general y otra direccionada a la adquisición de insumos tecnológicos.
Según precisó el ministro, “la tasa de interés será fija, en 24 por ciento anual, y el plazo de amortización oscilará entre los 180 y los 365 días, según los casos”.
A la vez, la cartera Económica anunció la postergación “por 30 días” de los vencimientos del Impuesto Inmobiliario Rural, Ingresos Brutos (régimen general y simplificado) y la primera cuota de la moratoria que lanzó hace un mes.
Por su parte, el presidente del directorio de la Empresa Provincial de la Energía (EPE), Mauricio Caussi, anunció que el gobierno tomó “la decisión de suspender todo proceso de interrupción del suministro de energía eléctrica”.
La medida incluye a usuarios residenciales y no residenciales que tengan desde el 1 de marzo último “tres facturas consecutivas o alternadas impagas”.
La decisión oficial abarca tanto a personas físicas (beneficiarios de AUH; asignación por embarazo; jubilados y pensionados, monotributistas y empleados en relación de dependencia que perciban hasta dos salarios mínimos) y personas jurídicas (Mipymes; cooperativas de trabajo y empresas recuperadas reconocidas ante el Inaes).