Por primera vez se integra toda la información fiscal y territorial de los actores de mayor interés fiscal de la provincia.
API DICE QUE EL REEMPADRONAMIENTO DE GRANDES CONTRIBUYENTES DOTARÁ DE MAYOR EQUIDAD Y COHERENCIA AL SISTEMA TRIBUTARIO SANTAFESINO
Por primera vez se integra toda la información fiscal y territorial de los actores de mayor interés fiscal de la provincia.
La Administración Provincial de Impuestos (API), la Dirección Provincial de Grandes Contribuyentes, y la Dirección Provincial de Técnica Tributaria y Coordinación jurídica sostienen que el reempadronamiento de grandes contribuyentes en marcha dotará de mayor equidad y coherencia al sistema tributario santafesino.
En relación a la solicitada publicada el 18 de julio pasado en el diario El Litoral, por parte del Consejo de Profesionales en Ciencias Económicas de la ciudad de Santa Fe, el Colegio de Graduados del sector y el Colegio de Abogados de la capital, desde API se señaló que, a efectos de dotar de mayor equidad y coherencia al sistema tributario santafesino se está actualizando la información de más de 10.000 grandes contribuyentes, responsables del 70% de la recaudación de todos los impuestos de Santa Fe, dueños de más de la mitad de las tierras de la provincia y que en conjunto facturan más de ocho veces el Presupuesto provincial. Es la primera vez que la administración tributaria de Santa Fe integra toda la información fiscal y territorial de los contribuyentes de mayor interés fiscal de la provincia y la hace transparente hacia los contribuyentes poniéndola a disposición de éstos para que simplemente la ratifiquen o la rectifiquen.
Bajo ningún concepto se han incluido a profesionales o personas que solamente cumplen con tareas de asesoramiento o gestión jurídico contable.
En todos los casos las intimaciones cursadas, lo han sido en uso de las facultades legales y constitucionales de la administración tributaria, y fueron dirigidas expresamente a los responsables solidarios establecidos en el Art. 19 del Código Fiscal de la provincia (T.O. 1997 y modificatorias). Se trata de apoderados, presidentes, gerentes o administradores. Sólo se procedió a intimar a profesionales en cuanto forman parte de los cuerpos directivos o representan, bajo las figuras del derecho común, a las sociedades en cuestión.
Por lo expuesto, se rechazaron los términos utilizados en la solicitada por las entidades mencionadas, reiterando que se han cursado intimaciones conforme a derecho y en uso de facultades constitucionales y legales para preservar los intereses de 3.000.000 de santafesinos.