La Diputada Alicia Gutiérrez (Partido SI) ha presentado un proyecto de ley por el que se impulsa PROHIBIR la exhibición y/o colocación pública de imágenes religiosas en los espacios de acceso público de los tres poderes de la Administración Pública Provincial.
La Diputada Alicia Gutiérrez (Partido SI) ha presentado un proyecto de ley por el que se impulsa PROHIBIR la exhibición y/o colocación pública de imágenes religiosas en los espacios de acceso público de los tres poderes de la Administración Pública Provincial.
Prohibición de exhibición de imágenes religiosas en espacios de acceso público
En el proyecto de la legisladora, se explicita que las imágenes ya existentes al momento de la sanción de la ley, deberán ser removidos en el plazo de tres meses, las que serán entregadas a las autoridades locales del culto al cual las/os mismas/os pertenecieran.
Sin embargo, uno de los artículos establece como excepción a la presente ley los símbolos e imágenes ubicados en los cementerios, en tanto se garantice la multiplicidad de credo y también se autorizarán aquellos elementos que formen parte de muestras artísticas de carácter transitorio.
La diputada Gutiérrez fundamenta ésta prohibición en la Declaración sobre la Eliminación de todas las formas de Intolerancia y Discriminación fundadas en la religión o las convicciones (Resolución Nº 36/55 de la Asamblea de las Naciones Unidas del 25 de Noviembre de 1981), instrumento internacional que proclama el derecho fundamental a la libertad religiosa, tanto para los individuos como para las comunidades religiosas.
El proyecto de Ley también se funda en el derecho constitucional argentino, el que garantiza la igualdad en el ejercicio de los derechos a los ciudadanos, más allá de las características étnicas, raciales, religiosas, culturales, de género y sin diferenciar entre naturales y extranjeros.
La legisladora sintetiza el gran avance en ese sentido con la Reforma Constitucional de 1994, cuando se acordó un paquete de reformas que incluyó algunas de las sugeridas en 1986. Del capítulo religioso se suprimieron los artículos 67º inciso 15 (obligación de convertir a los indios al catolicismo), 67º inciso 19 (derecho del patronato), 67º inciso 20 (permiso para el ingreso de nuevas órdenes religiosas), 76º (pertenencia a la comunión católica, apostólica y romana, del presidente y vicepresidente), 86º inciso 8 (facultad del presidente de presentar una terna a la Santa Sede para la designación de obispos y administradores apostólicos), 86º inciso 9 (exequátur para las bulas, breves, decretos conciliares y demás documentos oficiales de la Santa Sede).
Sin embargo, la Diputada destaca que aún hoy, nuestra Constitución Provincial es la única del país que declara al estado como Católico Apostólico Romano, lo cual enfatiza aún más la urgente necesidad de una reforma, en este y otros aspectos.
Diputada Alicia Gutiérrez
Tel 0341-155896126
Partido SI Santa Fe
http://partidosisantafe.blogspot.com/