Los adherentes al impuesto del monotributo cuentan, por ley, con algunos beneficios. Enterate más al respecto.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) les brinda el beneficio, a todos los monotributistas, de poder acceder a una obra social no solamente a quienes se encuentren registrados en el régimen de monotributo, sino también a sus familiares directos.
El monotributo como tal es un régimen simplificado que les permite a todos los pequeños contribuyentes poder abonar sus obligaciones fiscales con una cuota única. El monto incluye un componente de impuestos y otro de aportes a la jubilación y a la obra social.
Monotributo 2023: cómo agregar a un familiar a la obra social
Paso por paso, te dejamos a continuación la forma de adherir a un familiar a la obra social:
- Acceder al portal Monotributo.
- Seleccionar el botón “Comenzar”.
- Ingresar el CUIT y clave fiscal.
- Seleccionar la opción “Datos del Monotributo”.
- Acceder al botón “Modificar mis datos”.
- En dicha opción, hay que completar los datos pedidos por el sistema, como por ejemplo el nombre de los familiares que se quieran agregar.
- Ingresar el número de CUIL del nuevo adherente, e informar el vínculo familiar.
- El sistema expondrá todos los datos consignados para su confirmación.
- Finalmente, el solicitante obtendrá el formulario de modificación de datos y su nueva credencial de pago.
Monotributistas: ¿pueden cobrar prestaciones de la ANSES?
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), es la entidad estatal encargada de ejecutar los pagos de Asignaciones Familiares y otras prestaciones. Si bien es posible cobrar las mismas pese a estar inscripto en el régimen de monotributo, es necesario tener en cuenta que se deben cumplir ciertas condiciones.
Monotributistas y AUH: requisitos a cumplir
- Por un lado, solo podrán cobrar la Asignación Universal por Hijo (AUH) aquellos monotributistas que tengan los pagos al día.
- Podrán acceder a este beneficio las categorías menores a 1. En caso de poseer la categoría 1 o alguna superior, solo se puede cobrar la asignación por hijo con discapacidad.
AMIBITO