Hasta el 31 de enero de 2021 los contribuyentes adheridos al monotributo deberán recategorizarse si registraron cambios en alguno de los parámetros previstos en el régimen simplificado para su actividad. La nueva categoría comenzará a regir en febrero.
La operación puede realizarse desde la web www.monotributo.afip.gob.ar con CUIT y clave fiscal o desde la aplicación móvil «Mi Monotributo».
Para realizar el trámite los contribuyentes deberán tener en cuenta los ingresos brutos acumulados, la energía eléctrica consumida, los alquileres devengados en los 12 meses inmediatos anteriores y/o la superficie afectada a la actividad en ese momento.
Los valores vigentes para realizar la recategorización pueden visualizarse en este link.
Están alcanzados los contribuyentes cuyos parámetros sean superiores o inferiores a la categoría declarada. Quiénes deban permanecer en la misma categoría no tendrán que realizar ninguna gestión. En caso de no completar al menos seis meses de actividad, se mantendrá la categorización inicial.
Está disponible guía paso a paso “Recategorización” para conocer cómo realizar el trámite.