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Chau soberanía marítima y fluvial

Redacción 21/05/2025

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Noticias de Política

El Gobierno desreguló el mercado de cabotaje marítimo mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 340/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial. Habilita a operar sin restricciones a buques extranjeros, entre otras medidas.

Los temores de sectores sociales y sindicales se hicieron realidad. Desde el sindicato Conductores Navales de la República Argentina (Siconara) habían alertado que el Gobierno buscaba derogar en forma solapada la Ley de Cabotaje, para el ingreso de buques extranjeros a los mares y ríos argentinos. El secretario general del sindicato, Mariano Villar, advería que este “decretazo” estaría “entregando la soberanía nacional y la independencia económica” porque “barrería nuestra Marina Mercante permitiendo el ingreso de buques con bandera extranjera a navegar nuestros ríos y mares y también permitiendo con bandera argentina que embarquen tripulantes extranjeros”.
Y así ocurrió oficialmente, este miércoles, mediante un decreto. La medida del Gobierno incluye una serie de modificaciones a las normas vigentes, entre las que están la habilitación para operar con matrícula argentina a buques extranjeros, la posibilidad de que los operadores locales puedan acogerse a banderas de conveniencia, la flexibilización para la composición de la tripulación, la extensión del periodo para que buques internacionales hagan cabotaje y la reducción de restricciones para reparar e inscribir buques.
Al argumentar la política desreguladora del transporte fluvial y marítimo, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que “la reforma normativa propuesta por la presente medida para adaptar el sector naval argentino a los estándares de competitividad global e integrarlo de manera más eficiente al comercio internacional resulta indispensable para sanear la situación de crisis actual en la que se encuentra la Marina Mercante Nacional”.
De esta manera, se aprobó el “Régimen de excepción de la Marina Mercante Nacional” y se declaró como “servicio esencial la navegación por agua marítima y/o fluvial destinada al transporte comercial de personas, de mercaderías, de carga, servicios conexos y operaciones costa afuera, a través de los distintos medios que se utilicen para tal fin”. Este punto de servicio esencial incluye la limitación del derecho a huelga ya que se debe garantizar al menos el 75 por ciento de la prestación habitual para asegurar la continuidad del servicio.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, destacó la normativa en su cuenta de X asegurando que “el DNU 340/25 con firma de Javier Milei rescata el espíritu constitucional” citando el artículo 26 de la Constitución Nacional en el que se establece que “la navegación de los ríos interiores de la Nación es libre para todas las banderas, con sujeción únicamente a los reglamentos que dicte la autoridad nacional”.
En este marco detalló los cambios introducidos para “volver a tener un cabotaje pujante”. En primer lugar manifestó que “lo más importante es que se permitirá el tratamiento de matrícula nacional a buques extranjeros”, explicando que “una barcaza paraguaya, por ejemplo, se podrá matricular en Argentina y operar como una nave local”.
Al respecto, precisó que “deberán ser tripulados por argentinos o extranjeros residentes en los términos del art. 143 de la Ley de Navegación (75% de la dotación), pero se regirán para ese contrato con las leyes de su país de origen”.
En el mismo sentido, puntualizó que se establece “un régimen por el cual los operadores locales también podrán operar con el sistema de cese de bandera que les permite realizar cabotaje bajo otra bandera de conveniencia y también contratar bajo las leyes del país de la nueva bandera”.
Por otro lado, recordó que “la dotación del barco necesitaba un acuerdo del sindicato”, señalando que “era común la extorsión antes de zarpar”, lo que con la nueva normativa se modificó ya que “ahora la dotación la elige el armador, que es quien opera la nave e invirtió en ella eliminando sobrecostos inútiles (esto sin perjuicio de la facultad de la autoridad pública competente (PNA) de establecer la dotación mínima de seguridad)”.
Además, especificó que “se amplía de 30 a 60 días el plazo por el que los buques de tráfico internacional puedan hacer tráfico de cabotaje permitiendo un mayor flujo de tránsito con buques extranjeros” y remarcó que “es insólito que ¡hoy las mercaderías de Tierra del Fuego, por ejemplo, viajan al continente en camión!”.
En otro aspecto, resaltó que en la desregulación también “se facilita la inscripción y baja de buques en la matrícula nacional y se eliminan restricciones para el funcionamiento de talleres para hacer reparaciones, eliminando sendos cotos de caza de los que sabemos abundan en el país”.
La semana pasada los conductores navales de Siconara realizaron sendas movilizaciones en Rosario y Santa Fe con el apoyo de la Confederación Argentina de Trabajadores del Transporte (CATT), asociaciones gremiales y movimientos sociales, dentro de la campaña de¨ irrestricta defensa de la Marina Mercante Argentina, ante el inminente decreto de desregulación del transporte por agua anunciado por el gobierno nacional¨.
Los gremios navales hicieron entrega de un petitorio en el Concejo Municipal de Rosario, señalando que ¨están en juego los intereses de la Patria¨. ¨Esta desregulación que promueve el gobierno de Milei no viene a solucionar nada¨, denunciaron. ¨Por el contrario¨, afirmaron: ¨Es un plan de entrega de nuestra soberanía nacional, un nuevo pacto colonial donde Argentina se subordina a las potencias y capitales extranjeros”.
La entrada Chau soberanía marítima y fluvial se publicó primero en Redacción Rosario.


Fuente: Redacción Rosario

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