Realmente es una verdadera vergüenza que hayamos tenido que esperar doce años para poder ejercer un derecho que ya la ley reconocía a los consumidores…
Por el Dr. Fernando Dagatti (*)
Luego de muchos reclamos por parte de entidades encargadas de la defensa del consumidor, haciéndose eco del pedido de usuarios de telefonía celular que a la hora de querer cambiar de empresa se encontraban cautivos de ésta, y habiendo la Justicia Federal el 30 de junio de 2009 resuelto que debía apurarse dicha medida -ordenando al Estado que se reglamentara en un plazo de 90 días- , recién el 19 de agosto de 2010 la Secretaria de Comunicaciones de la Nación procedió en tal sentido, mediante Resolución 98/2010. En la misma se reglamenta la “portabilidad numérica” para telefonía móvil, abriendo así paso a la posibilidad de ejercer el derecho de conservar el número cuando se cambie de prestador, estableciendo un plazo de 12 meses para su implementación. Pese a ello, es en fecha 12 de enero de 2012 que la indicada Secretaría, a través de una Resolución conjunta -08/2011 SC y 03/2011 SCI- , establece el “cronograma de implementación de la portatibilidad numérica”.
Realmente es una verdadera vergüenza que hayamos tenido que esperar doce años para poder ejercer un derecho que ya la ley reconocía a los consumidores a través del Decreto 764/2000, siendo que su implementación dependía con exclusividad del Estado. Es más que llamativo que la resolución de implementación nos hable de “darles a la empresas prestadoras los plazos necesarios para su correcta implementación”, lo que ejemplifica la forma en que el Estado Nacional nos protege, frente a estas multinacionales que parecería que nunca cometen acciones fuera de la ley, porque en la práctica son las mismas leyes las que reconocen todas sus apetencias.
Debemos tener en cuenta que la telefonía móvil facturó en nuestro País en el año 2011 por un monto de $ 45.000 millones y que en la actualidad se encuerntran registrados 55 millones de celulares (liderando “Claro” con 19 millones, detentando el segundo lugar Personal con 18 millones, el tercero Movistar con 16.7 millones y el cuarto Nextel con 1.3 millones); si bien se encuentran activas 36 millones de líneas. Esto implica la misma cantidad de contratos que tienen por un lado a grandes empresas con el amparo y protección del mismo Estado y por el otro al consumidor, en un clara situación de desventaja, puesto que hasta el día de la fecha la telefonía celular todavía no fue considerada como un servicio público.
Hay que decir entonces que a partir de Marzo próximo, el usuario telefónico podrá ejercer este derecho plenamente, pudiendo cambiar de empresa todas las veces que quiera, exigiéndose un plazo de permanencia mínimo de dos meses, siendo este traspaso gratuito la primera vez y debiéndo concretarse dentro de los 10 días hábiles de solicitado.
Hay quienes pronostican que esto va a redundar en una baja de precios por parte de las prestatarias como consecuencia de la competencia, como ha sucedido en países como México, Brasil y Chile.
Por nuestra parte informamos a aquellos usuarios que a partir del 1° de marzo de 2012 quieran cambiar de empresa y les sea negada la posibilidad de efectuar dicho trámite por cualquiera de estas empresas, que pueden acercarse a la Subsecretaria de Derechos Humanos y Defensa del Consumidor de la Municipalidad de San Lorenzo, sita en el calle Ricchieri esquina Cortada Biosca, donde se les tomara el reclamo y se hará la denuncia pertinente ante la Comisión Nacional de Comunicaciones. Para obtener cualquier información vinculada al tema, comunicarse al teléfono 03476-438974 de 08 a 12 hs.-
(*) Subsecretario de Derechos Humanos y Defensa del Consumidor de la Municipalidad de San Lorenzo
Fuente: Periódico Pregón