Mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Ley 26.579, queda modificado el Código Civil y se establece la mayoría de edad a los 18 años, permitiéndoles a los jóvenes de entre esa edad y los 20 años ejercer plenos derechos en materia civil y comercial.
Antes, un joven debía esperar hasta tener cumplidos los 21 para ejercer plenos derechos, y se daban numerosas contradicciones como por ejemplo: podían votar y conducir, pero no podian firmar un conrato, casarse o salir del país sin autorización formal de sus padres.
La norma -iniciativa del senador Rubén Giustiniani- había sido sancionada por la Cámara de Senadores el 2 de diciembre y promulgada el 21 del mismo mes.-