El beneficio alcanza a quienes tienen 30 años o más de aportes al
sistema previsional…
30 años de aportes y que les falte hasta cinco años para jubilarse, y se encontraran desempleados al 30 de junio de 2021. Permitirán computar ciertos períodos en los que no se han prestado servicios o durante los cuales no existía obligación legal de ingresar cotizaciones, como durante la licencia por maternidad.
Este tipo de jubilación dejará de ser percibida cuando se alcance la edad jubilatoria (60 años las mujeres y 65 los varones) y los beneficiarios pasen a cobrar el 100% del haber previsional que les corresponda.
El Gobierno modificó algunos requisitos para acceder a la jubilación anticipada por desempleo, que apunta a paliar la situación de falta de trabajo y de ingresos de aquellas personas con edades avanzadas.
El beneficio está vigente desde el año pasado y alcanza a quienes tienen 30 años o más de aportes al sistema previsional, les falte hasta cinco años para jubilarse y se encontrarán desempleados al 30 de junio de 2021.
Ahora, la Secretaría de Seguridad Social permitió «computar ciertos períodos en los que no se han prestado servicios o durante los cuales no existía obligación legal de ingresar cotizaciones con destino a la seguridad social, tales como el período de licencia legal por maternidad y el período durante el cual se ha percibido prestaciones por desempleo», según la Resolución 2/2022, publicada en el Boletín Oficial.
También se permitirá computar como años de servicio los períodos amparados en esquemas de regularización de deudas previsionales «cuyas deudas hayan sido canceladas con anterioridad al 30 de junio de 2021», según el texto oficial.
Para el Poder Ejecutivo, «resulta de estricta justicia permitir computar» el período de licencia por maternidad «en atención a que la carrera laboral de las mujeres se ve obligatoriamente interrumpida a causa de la gestación por el período que fijan las normas respectivas, no pudiendo ello redundar en un menoscabo de sus derechos».
Además, resaltó que en las últimas décadas «reiterados ciclos de contracción de su mercado de trabajo, cursando períodos de alta desocupación e informalidad laboral, situación que derivara en serias dificultades económicas para que las personas pudieran tener continuidad en sus trayectorias contributivas a la seguridad social».