Este Jueves en el Concejo Municipal se trata un Proyecto de Ordenanza que declara la Emergencia Pública Municipal sobre Seguridad Ciudadana. TEXTO COMPLETO
PRIMICIA NUEVAREGION.COM:
Este Jueves en el Concejo Municipal puertense se trata un Proyecto de Ordenanza que declara la Emergencia Pública Municipal sobre Seguridad Ciudadana.
Una idea que ya tiene antecedentes en otras ciudades incluso en provincia de Santa Fe. Nuevaregión.com tuvo acceso al proyecto que compartimos a continuación:
PROYECTO DE ORDENANZA
Visto:
La situación de inseguridad creciente, producto de la actividad delictiva, que se presenta para nuestros ciudadanos y vecinos de otras localidades que visitan y/o trabajan en esta jurisdicción, y;
Considerando:
Que, los casos de inseguridad han crecido notoriamente, siendo estos llevados a cabo con distinto grado de violencia, afectando directa o indirectamente estados físicos, psíquicos, así como bienes públicos y privados.
Que, los pobladores de nuestra ciudad expresan “su sensación de miedo y desprotección estatal producto de la inseguridad reinante”, hecho que han manifestado en el propio recinto del Honorable Concejo Municipal, no pudiendo desentenderse el Cuerpo Legislativo local de las cuestiones planteadas oportunamente.
Que, los planteos de necesidad urgente de mayor presencia policial y de personal municipal afectado a Protección Civil han sido emanados por personas que tienen domicilios radicados en todos los barrios de la ciudad, por lo que se debe entender que el mapa del delito abarca toda la jurisdicción.
Que, de acuerdo a relatos de profesionales en seguridad “los patrones en la forma de operar de los malvivientes son de los más variados”, lo que se constata con el cruce de datos sobre horarios, metodologías, sitios, armas utilizadas, violencia aplicada, etc.
Que, según análisis de profesionales médicos y farmacéuticos la forma de vida antes descripta atenta contra la salud de las personas.
Que, el personal policial afectado a la seccional existente en el distrito es insuficiente debido al desfasaje entre crecimiento poblacional, ingreso de personas en forma transitoria a la ciudad, e incorporación de efectivos de la fuerza policial santafesina a la Seccional 5ta.
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal debe favorecer a que se cumplan los mandatos de nuestra Constitución Nacional, tal como cita su Preámbulo “promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad” y como reza el Art. 17º de la Carta Magna Argentina donde expresa “la propiedad es inviolable, y ningún habitante de la Nación puede ser privado de ella, sino en virtud de sentencia fundada en ley”.
Que, es fundamental llevar a cabo la toma de una decisión política inmediata en nuestra ciudad, hasta tanto se cumpla con lo proyectado y comprometido por autoridades del Gobierno Provincial, a los fines de dar respuesta a la población.
Que de conformidad a todo lo precedentemente manifestado, se torna absolutamente necesario declarar el estado de emergencia municipal sobre seguridad ciudadana, dentro del ejido municipal de la ciudad de Puerto General San Martín.
Que, resulta totalmente accesible para la Administración Municipal la contratación de adicionales policiales y/o la realización de Convenios con la autoridades competentes para el pago de servicios prestados por personal policial que se vería exclusivamente afectado al patrullaje ciudadano.
Que, la contratación de 4 (cuatro) adicionales policiales, las 24 horas durante todo el año, resultaría una inversión en seguridad que tendría un bajo impacto en el presupuesto anual municipal el que se vería afectado en un 0,34 % (cero punto treinta y cuatro por ciento), cifra que no reviste desequilibrio alguno para las arcas públicas locales que ascienden a 140 millones de pesos.
Que la Ley N° 6356 establece el Servicio de Policía Adicional en todo el ámbito de la Provincia de Santa Fe, cuya contratación puede ser realizada a cargo de un tercero, en este caso la municipalidad de Puerto general San Martín, por lo menos durante el plazo por el cual se prolongue el estado de emergencia.
POR LO TANTO:
El Bloque de Concejales “Partido FRENTE PUERTENSE” propone, al Honorable Concejo Municipal, el siguiente proyecto de: ORDENANZA.
Art. 1º.- Declárase la “Emergencia Pública Municipal sobre Seguridad Ciudadana” en todo el ejido municipal de la ciudad de Puerto General San Martín, durante un período de 180 (ciento ochenta) días y prorrogable por igual período. La declaración del presente estado de emergencia pública municipal, tiene por finalidad contribuir a la disminución de los índices de criminalidad a través de la aplicación de estrategias integrales de prevención del delito con énfasis en un abordaje multidisciplinario y con participación de la ciudadanía. A tales efectos, se entiende por Seguridad Ciudadana a la acción integrada que desarrolla el Estado Municipal, con colaboración de la ciudadanía, destinada a asegurar su convivencia pacífica, la utilización armoniosa del espacio público, la erradicación de la violencia, la prevención del delito y la comisión de faltas.
Art. 2° .- Instase al Gobierno de la provincia de Santa Fe, para que por medio del Ministerio de Seguridad y/o la repartición que corresponda, proceda en la ciudad de Puerto General San Martín: a) Incrementar el número de móviles, (automotores y motocicletas), y recursos humanos y tecnológicos;
b) Acrecentar el grado de prevención, mediante el aumento proporcional del número total de cuadrículas de patrullaje, a efectos de que cada móvil policial pueda intensificar su presencia e intervención en los distintos barrios;
c) Acelerar los trámites administrativos en pos de la inmediata terminación de la nueva comisaría.-
d) Elaborar un mapa del delito, a efectos de concentrar la mayor cantidad de efectivos y móviles en las zonas que registren mayores índices de actos de violencia;
e) Disponer que oficiales y suboficiales que realizan trámites administrativos en la comisaría sean desafectados progresivamente de las mismas, para ser cubiertas con la ayuda de personal administrativo, y se destine el personal policial activo a la prevención y el patrullaje en las calles;
f) Implementar, en forma conjunta con los Ministerios de Desarrollo Social y Educación, políticas activas destinadas a la inclusión de los sectores más necesitados de la sociedad, mediante programas específicos;
g) Aumentar en forma inmediata la dotación de móviles y personal capacitado para atacar la problemátic
a específica de la comercialización y distribución de drogas en la ciudad.-
h) En general, disponer de recursos humanos, legales, financieros y tecnológicos en pos de profundizar las tareas de prevención del delito y la violencia, así como la intervención de las instituciones dirigidas a preservar la seguridad de la población, en el marco del Estado de Derecho.
Art. 2º: Dispónese, en el marco de la Emergencia Municipal sobre Seguridad Ciudadana, la contratación de cuatro efectivos policiales las veinticuatro horas del día, durante todo el plazo establecido por el Artículo 1°, para el patrullaje ciudadano en el ámbito del Distrito Puerto General San Martín mediante el sistema de adicionales o el pago de horas extras, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 6356 y Decreto Reglamentario N° 8805/67.
Art. 3º: Facultase al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar convenios con el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe y/o la Unidad Regional XVII de Policía de la Provincia de Santa Fe a los efectos de suscribir acuerdos de cooperación a efectos de la organización y posterior ejecución de un Plan de Seguridad para la ciudad de Puerto General San Martín, en el cual se incluya un planteo de seguridad para nuestra jurisdicción que incorpore el trabajo en forma conjunta con personal municipal, y en el que se respeten los deberes y derechos del personal en su totalidad garantizando las funciones y obligaciones.El presente Convenio deberá prever la cantidad de efectivos policiales que resulten necesarios a efectos de garantizar el debido cumplimiento de los objetivos que debe alcanzar el Estado en materia de Seguridad Pública.
Art. 4°.- Establécese la habilitación de un Centro de Recepción de Denuncias, con funcionamiento durante las 24 horas, a efectos de recepcionar las denuncias efectuadas por los ciudadanos sobre hechos delictivos dentro del ejido municipal, el cual deberá tener enlace y coordinación con la Comisaría de Policía Seccional 5°y/o con la Unidad Regional XVII de Policía de la Provincia de Santa Fe.-
Art. 5°: Los gastos que demande la ejecución de la presente se imputarán a las partidas presupuestarias correspondientes.-
Art. 4º: DE FORMA.
JULIO R. RAMIREZ JORGE FELIX RU
CONCEJAL CONCEJAL