Una buena para los trabajadores que cobran los sueldos en cuentas bancarias:
- Ya no habrá límites a la cantidad de extracciones.
- Ya no hay que pagar comisiones por usar cajeros de otros bancos.
- Se mantiene la gratuidad de creación, mantenimiento, y uso de la cuenta.
Se trata de una modificación al art. 124 de la Ley de Contrato de Trabajo, que ya salió publicada en el Boletín Oficial por lo cual ya está vigente en todo el ámbito nacional.
En el nuevo marco, las entidades financieras "bajo ningún concepto" podrán establecer costo alguno para la extracción de fondos de las cuenta sueldo. Desde ahora los bancos tampoco podrán cobrar las comisiones por usar cajeros automáticos de otras entidades y también se levantó la limitación a la cantidad de extracciones.
El texto corregido en el artículo quedó así: "Dicha cuenta especial tendrá el nombre de cuenta sueldo y bajo ningún concepto podrá tener límites de extracciones, ni costo alguno para el trabajador, en cuanto a su constitución, mantenimiento o extracción de fondos en todo el sistema bancario, cualquiera fuera la modalidad extractiva empleada".