Hasta ahora, no pagaban impuesto a las ganancias las remuneraciones brutas mensuales que no superaban los $506,230, inclusive.
- Es importante mencionar que si la remuneración bruta de un mes es superior a $700,875, pero igual o inferior a $808,101, los agentes de retención aplicarán una deducción especial incrementada.
- Estos cambios entrarán en vigor a partir de agosto de 2023 y serán implementados mediante decreto del Ministerio de Economía.
Cuál es el nuevo piso de Ganancias desde agosto
La variación del RIPTE entre el mes de octubre de 2022 y el mes de febrero de 2023 fue de 25,29%. En marzo, abril, mayo y junio, el RIPTE aumentó el 38,45%.
Se propone adicionar al “piso” exento del impuesto el 38,45% de incremento de RIPTE. De esta manera para los sueldos brutos devengados a partir del 1º de agosto de 2023:
- Nuevo “piso” del impuesto a las ganancias: no corresponderá retención alguna del impuesto a las ganancias cuando la remuneración bruta no supere los $ 700.875, inclusive.
- En aquellos meses en que la remuneración bruta del mes supere los $ 700.875 y resulte inferior o igual a $ 808.101, los agentes de retención computarán una deducción especial incrementada.
Ganancias: cómo quedan las escalas
Economía también anunció un aumento de las escalas que se utilizan para el cálculo del impuesto a las Ganancias en un 35%. Con esta medida la totalidad de los trabajadores en relación de dependencia que tributan el impuesto a las ganancias se verán beneficiados.
El incremento de las escalas es retroactivo a enero de 2023. Lo retenido de más de enero a julio se devuelve al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios de agosto y septiembre de 2023.
Ambas medidas se implementan a través de un Decreto que establecerá (i) subir el piso del impuesto a las ganancias, y; (ii) encomendará a la AFIP a reducir la base para el cálculo de las retenciones del impuesto.
- De esta manera, 300.000 dejan de pagar el impuesto por el nuevo piso de $700.875 (a partir de agosto 2023)
- 715.000 reducen el impuesto por suba de escalas en un 35% (suba retroactiva a enero 2023).
Fuente: AMIBITO-Economía